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Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad

El día 11-05-2011 se publicó en el BOE el Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
jueves, 12 de mayo de 2011

El real decreto regula el Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, desarrollando su contenido, estructura y funcionamiento, de acuerdo a lo establecido en el Capitulo I del Título I de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, se establece, como parte del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, un Sistema de Indicadores con el fin de conocer de forma sintética el estado, variaciones y tendencias del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

Se crea un sistema integrado de información, denominado Banco de Datos de la Naturaleza, que tiene atribuidas las funciones de armonización, análisis y difusión de la información contenida en el Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a través de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, con la participación de las comunidades autónomas y la colaboración de las instituciones y organizaciones de carácter científico, elaborará y mantendrá actualizado el Inventario.

Se crea el Comité del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad como un órgano de coordinación entre Administraciones, con competencias de informe y propuesta, adscrito a la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad

Este real decreto tiene carácter de legislación básica sobre protección del medio ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución.


En este Real Decreto 556/2011, se trata la Caza y las especies cinegéticas, indicando lo siguiente:

ANEXO I
DESCRIPCIÓN DE LOS COMPONENTES DEL INVENTARIO

4. Recursos naturales

4.a Inventario Español de Caza y Pesca

Contenido: Contiene información relativa a la actividad cinegética y piscícola, en concreto:
Niveles de población de las especies cinegéticas y piscícolas con especial atención a las migradoras.

Número de licencias de caza y pesca expedidas y vigentes.

Número de capturas, peso y valor económico por especie, provincia y año.

Estadísticas provinciales de sueltas y repoblaciones de especies cinegéticas autóctonas y exóticas.

Estadísticas provinciales de repoblaciones piscícolas autóctonas y exóticas.

Número de granjas cinegéticas y piscifactorías por término municipal y año.

Producción por especies en granjas cinegéticas y piscifactorías para repoblaciones.

Superficie y tipología de terrenos cinegéticos por provincia.

Análisis de las masas de agua con aprovechamiento piscícola (tipología, superficie, longitud).

Estadísticas de accidentes de tráfico provocados por especies cinegéticas.

Estadísticas de daños provocados a agricultura y ganadería por especies cinegéticas.

Trofeos de Caza: Puntuación, especie por provincia y año.

Estructura: Información alfanumérica georreferenciada a la provincia.

Periodicidad de actualización: Anual.

Marco jurídico: Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Art. 9.2.

Otra información relevante: Contiene operaciones estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional.



6. Efectos negativos sobre el Patrimonio Natural y la Biodiversidad

6.e Registro Estatal de Infractores de Caza y Pesca

Contenido: Inscripciones de oficio a las personas que hayan sido sancionadas por resolución firme, administrativa o judicial, en expediente incoado como consecuencia de infracciones tipificadas en las disposiciones legales que conlleven privación de licencia de caza o inhabilitación. Las inscripciones serán remitidas por las comunidades autónomas que así lo deseen o que así lo dispongan en su legislación.

Datos del sancionado.

Tipo de infracción y calificación.

Autoridad Sancionadora.

Fecha de la resolución sancionadora.

Sanciones impuestas y otras medidas adoptadas como indemnizaciones, privación de licencia de caza o inhabilitación.

La publicidad y tratamiento de estos datos estará sometida a los límites establecidos en la materia, especialmente a los que impone la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal.

Estructura: Información alfanumérica con referencia autonómica.
Periodicidad de actualización: Continua.

 

Archivos adjuntos:

Real Decreto 556/2011

 

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Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) [email protected]

Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número: 586707

Código de Identificación Fiscal (C.I.F.): G-97716351

Dirección de correos: Apartado Postal 140 AP, 41940 Tomares (Sevilla).

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