La nota especifica lo siguiente:
Se ha difundido por parte de la Real Federación Española de Caza una Guía Aclaratoria sobre la normativa en el transporte de perros de caza y rehalas que, en algunos aspectos, induce a confusiones. Con el fin de evitar problemas a los dueños de rehalas, desde la Asociación Española de Rehalas queremos hacer las siguientes puntualizaciones:
El recientemente publicado Real Decreto 363/2009, de 20 de marzo, por el que se modifican los Reales Decretos 1559/2005, de 23 de diciembre, relativo a los requisitos que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero y el Real Decreto 751/2006, de 16 de junio, sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales, introduce una serie de cambios que consideramos positivos, y que han sido fruto de las negociaciones mantenidas con los responsables de la administración y de un recurso interpuesto por la Asociación ante el Tribunal Supremo. En todo caso, seguimos considerando que los requisitos que nos exigen son excesivos e injustificados.
En cuanto al RD 1559/2005 y la modificación del mismo contemplada en el RD 363/2009 los cambios son los siguientes:
Muy importante
A pesar de esta modificación, en comunidades autónomas como Castilla y León no serán de aplicación en tanto no modifiquen la Orden AYG/398/2006 actualmente vigente. Por ello, los dueños de rehala sí deberán registrar los medios de transporte y acreditar la formación de bienestar animal cuando se transporten seis o más perros aunque el transporte se realice sin carácter comercial ni fin lucrativo.
El ámbito de aplicación de esta norma, tal y como recoge el Articulo 1º.-2, se extiende a todos los medios de transporte que tengan establecido su domicilio dentro del territorio en esa comunidad autónoma.
En Castilla y León nuestro delegado, don Evelio García, ya mantuvo una reunión con los responsables de Agricultura y de Producción Agropecuaria en relación con la Orden 398/2006 y la modificación del RD 751/2006, las condiciones básicas para autorizar los centros de desinfección a las rehalas, la duración del precinto y la problemática sobre los perros peligroso, sin que hasta la fecha exista una solución satisfactoria.
Para el resto de las comunidades autónomas, la AER está manteniendo reuniones con el fin de buscar soluciones, de forma que se nos permita cazar con nuestros perros sin tantas complicaciones.
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